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Contabilidad de la amortización

En el inmovilizado de una empresa se contabilizan aquellos bienes que estén destinados a su utilización en la actividad de la sociedad por un plazo superior a 1 año. El Plan General Contable (PGC) prevé que los inmuebles estén contabilizados como: Inmovilizado material: cuando se empleen en la actividad ordinaria de la sociedad Inversiones inmobiliarias: cuando, aún no utilizados en la actividad ordinaria de la empresa, se espera percibir por ellos rendimientos o plusvalías Activos corrientes mantenidos para la venta: cuando se van a ser objeto de enajenación. Esto requiere que esté en condiciones para su venta inmediata y ésta vaya a producirse a corto plazo. Existencias: para aquellos que se dediquen a la compraventa de bienes inmuebles Así, todos los elementos tienen una vida útil determinada, determinada ésta por la antigüedad de dicho elemento, la intensidad en su uso y la obsolescencia tecnológica. Pues bien, a fin de contar con el dinero suficiente para sustituir ese bien...

Contabilización del Impuesto sobre Sociedades

El asiento correspondiente al Impuesto sobre Sociedades debe realizarse a 31 de diciembre, quedando reflejado el gasto en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, así como la obligación de su pago en el Balance de situación. Lo que se contabiliza en julio (momento de exigibilidad del pago del impuesto) es el pago del mismo, no el gasto en sí, que ya está contabilizado en el ejercicio anterior. Contabilización El gasto por el Impuesto sobre Sociedades se reconoce según su momento de devengo. Ejemplo: la sociedad A tiene una base imponible de 1.500€, siendo el tipo impositivo el 25%. El resultado contable coincide con el fiscal, al no darse diferencias temporales ni permanentes.             375  (630) Impuesto corriente           a            (4752) H.P Acreedora por IS  375    En el caso de que se den diferencias temporales, se reconocerá el gas...

Diferencias permanentes y diferencias temporales. Impuesto sobre Sociedades

A la hora de realizar el cálculo de la base imponible en el Impuesto sobre Sociadades, se parte del resultado contable, el cual no coincide con el resultado fiscal o base imponible del impuesto. Así pues debemos hacer una clara diferenciación entre Resultado contable y resultado fiscal: Resultado contable: es el calculado conforme al PGC, Código de Comercio, Resoluciones del ICAC, la Ley de Sociedades de Capital etc. Es decir, es la Cuenta 129 "Resultado del Ejercicio" de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.  Resultado fiscal: calculado conforme a los preceptos de la normativa del Impuesto sobre Sociedades, en la cual se prevén una serie de ajustes aplicados al resultado contable, a partir del cual se calcula la Base Imponible del impuesto.  Como se puede observar, ambos resultados están calculados conforme a legislaciones diferentes (contable y fiscal) por lo que pueden darse divergencias entre ellos, ya sea debido a: Un gasto lo es a efectos contables pero no fi...