Diferencias permanentes y diferencias temporales. Impuesto sobre Sociedades
A la hora de realizar el cálculo de la base imponible en el Impuesto sobre Sociadades, se parte del resultado contable, el cual no coincide con el resultado fiscal o base imponible del impuesto. Así pues debemos hacer una clara diferenciación entre Resultado contable y resultado fiscal:
- Resultado contable: es el calculado conforme al PGC, Código de Comercio, Resoluciones del ICAC, la Ley de Sociedades de Capital etc. Es decir, es la Cuenta 129 "Resultado del Ejercicio" de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
- Resultado fiscal: calculado conforme a los preceptos de la normativa del Impuesto sobre Sociedades, en la cual se prevén una serie de ajustes aplicados al resultado contable, a partir del cual se calcula la Base Imponible del impuesto.
- Un gasto lo es a efectos contables pero no fiscales y viceversa
- Un ingreso lo es a efectos contables pero no a efectos fiscales y viceversa
- Diferencia en la imputación temporal de un ingreso o un gasto
Ejemplo:
Una sociedad A adquiere un inmovilizado por valor de 20.000€. Contablemente se amortiza en un período de 5 años, a razón de 4.000€ anuales. Fiscalmente se amortiza en un plazo inferior, en 2 años, a razón de 10.000€ anuales.
Esta diferencia se aprecia tanto en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias como en el Balance de situación, donde, conforme a la norma contable el inmovilizado tendrá un valor de 16.000€ (20.000-4.000) y conforme a la norma fiscal, teniendo un valor de 10.00€ (20.000-10.000). Tanto en la Cuenta de PyG como en Balance, habrá una diferencia de 6.000€.
Diferencias temporales y permanentes
Cuando la sociedad registre en la Cuenta de PyG todos los gastos e ingresos, podrá apreciarse si el resultado contable coincide con el resultado fiscal. Como ejemplo, el propio Impuesto sobre Sociedades es un gasto reconocido contablemente que no es fiscalmente deducible. Surge aquí el concepto de "Resultado contable antes de Impuestos" (RCAI).
Estas diferencias entre resultado contable y fiscal pueden ser:
1) Temporales: son las diferencias que revierten en posteriores ejercicios, ocasionadas por los diferentes criterios de imputación temporal empleados para determinar el resultado fiscal y el contable.
Ejemplo: la sociedad A adquiere maquinaria por 10.000€. Calcula su vida útil en 10 años, amortizando fiscalmente en un solo año.
- Contabilidad: se refleja un gasto de 1.000€ anualmente. Así, en el año 1 se refleja un gasto de 1.000€
- Fiscalidad: se refleja un gasto de 10.000€, al amortizarse la totalidad en un único año.
En el año 2 no obstante, tendremos un gasto contable de 1.000€ por amortización, siendo el mismo fiscalmente de 0, al haberse amortizado todo en el año 1. Por ello, tendrmos una diferencia positiva de 1.000€, quedando por revertir 8.000€ en los próximos 8 años.
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AÑO 1
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AÑO 2
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AÑO 3
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AÑO 4
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AÑO 5
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AÑO 6
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AÑO 7
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AÑO 8
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AÑO 9
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Contable
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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-1.000
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Fiscal
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-10.000
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Diferencia
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-9.000
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1.000
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1.000
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1.000
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1.000
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1.000
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1.000
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1.000
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1.000
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2) Permanentes: son aquellas diferencias que no revierten en ejercicios posteriores. El ejemplo más común es una multa, la cual es un gasto contablemente, pero no es fiscalmente deducible ni en el año de su imposición ni en los posteriores.
Ejemplo: la sociedad A tiene un Resultado contable antes de impuestos de 23.000€ de beneficio. Tiene contabilizada una multa de 2.000€.
- Contabilidad: es un gasto y como tal se refleja
- Fiscalidad: no es un gasto fiscalmente deducible
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