Distribución de prima de emisión y reducción de capital en el IRPF
De acuerdo con lo dispuesto por la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) podemos hacer una diferenciación entre dos supuestos: Distribución de prima de emisión y reducción de capital con devolución de aportaciones correspondientes a valores admitidos a negociación Distribución de prima de emisión y reducción de capital con devolución de aportaciones correspondientes a valores no admitidos a negociación 1. Distribución de prima de emisión y reducción de capital con devolución de aportaciones correspondientes a valores admitidos a negociación Los importes obtenidos minorarán, hasta su anulación, el valor de adquisición de las acciones/ participaciones afectadas, y el posible exceso resultante tributará como Rendimiento de capital mobiliario (no sujeto a retención o ingreso a cuenta). Sin embargo, cuando la reducción de capital provenga de beneficios no distribuidos, la totalidad de lo percibido por este concepto tributará como di...