Novedades Fiscales (I) Imposibiliad de aplazamiento o fraccionamiento de determinadas obligaciones tributarias
El Real Decreto- ley 3/2016, de 2 de diciembre incluye una serie de novedades en el ámbito tributario para este año 2017. Una de ellas es la eliminación de la posibilidad de aplazar o fraccionar determinadas obligaciones tributarias.
De esta forma, se prevé la imposibilidad de aplazar o fraccionar las:
De esta forma, se prevé la imposibilidad de aplazar o fraccionar las:
- Retenciones e ingresos a cuenta
- Obligaciones tributarias a cumplir por el obligado a realizar pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades
- Liquidaciones tributarias que hayan sido confirmadas (total o parcialmente) por resolución firme cuando, de manera previa, hayan sido suspendidas durante la tramitación del recurso o reclamación en vía administrativa o judicial.
- Además se establece la imposibilidad de aplazar o fraccionar los tributos repercutidos
- En los casos de concurso del obligado tributario, aquellas que conforme a la Ley Concursal tengan la consideración de créditos contra la masa
Comentarios
Publicar un comentario