Novedades Fiscales (I) Imposibiliad de aplazamiento o fraccionamiento de determinadas obligaciones tributarias

El Real Decreto- ley 3/2016, de 2 de diciembre incluye una serie de novedades en el ámbito tributario para este año 2017. Una de ellas es la eliminación de la posibilidad de aplazar o fraccionar determinadas obligaciones tributarias.
De esta forma, se prevé la imposibilidad de aplazar o fraccionar las:
  1. Retenciones e ingresos a cuenta
  2. Obligaciones tributarias a cumplir por el obligado a realizar pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades
  3. Liquidaciones tributarias que hayan sido confirmadas (total o parcialmente) por resolución firme cuando, de manera previa, hayan sido suspendidas durante la tramitación del recurso o reclamación en vía administrativa o judicial. 
  4. Además se establece la imposibilidad de aplazar o fraccionar los tributos repercutidos
  5. En los casos de concurso del obligado tributario, aquellas que conforme a la Ley Concursal tengan la consideración de créditos contra la masa

Comentarios

Entradas populares de este blog

Aportaciones de socios y devolución de prima de emisión. Análisis de la Consulta Vinculante V1978-16, de 9 mayo de 2016

Concepto de "materia delictual o cuasi-delictual" en el Reglamento UE 1215/2012

El artículo 314 Ley Mercado Valores como medida anti-elusoria

Régimen de impatriados. Consultas DGT V2918-17 y 2919-17

El régimen de imputación de los derechos de imagen. Artículo 92 LIRPF