Apuntes sobre el proyecto de reforma fiscal en Navarra

El gobierno de Navarra ha aprobado el proyecto de Ley Foral de Modificación de diversos Impuestos y otras medidas tributarias para el año 2018. Esta nueva reforma prevista para el próximo año supone una serie de novedades en los principales impuestos como el IRPF, IS, Patrimonio y Sucesiones y Donaciones, así como una variedad de medidas contra el fraude fiscal. 


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
La principal novedad es que se incrementa en 100 euros la dedución por cada hijo menor de 3 años, siempre y cuando la renta no supere los 30.000 euros (60.000 euros en el caso de declaración conjunta). Hay que decir que ésta es la única de las novedades introducidas que pueden considerarse beneficiosas para el contribuyente. No obstante cabe también considerar la misma algo escasa, teniendo en cuenta las deducciones por descendientes existentes en otros territorios, las cuales resultan más cuantiosas (como por ejemplo en los tres Territorios Históricos vascos). 
Por otra parte se elimina la reducción del 40% para la percepción de los planes de pensiones en forma de capital. Este cambio, sin embargo, sólo afecta a las aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2018 porque se establece un régimen transitorio para los planes de pensiones ya existentes.

Se elimina también la reducción del 40% de los rendimientos netos positivos de capital inmobiliario en los arrendamientos de vivienda, salvo en los supuestos de que intermedie en el arrendamiento la sociedad pública instrumental encargada de ello. El tratamiento fiscal de estos rendimientos sufre un agravio comparativo si lo comparamos con lo dispuesto en el Estado y en el País Vasco, en donde se prevé una reducción (Estado) o se somete a gravamen en la tarifa de la Base del ahorro (País Vasco). 

En materia vivienda, desaparece en todos los casos la deducción por inversión en vivienda habitual, pero se establece un régimen transitorio hasta el 31 de diciembre de 2022 para quienes ya tuvieran derecho a deducción.

Otra medida es la subida de la tarifa en la base del ahorro, elevando un punto porcentual en todos los tramos de la escala actual, pasando del 20% en su tipo mínimo al 26% para rentas superiores a 15.000 euros. 

  
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES  
Compensación de BINS (Bases Imponibles Negativas): en el caso de empresas que facturen más de 20 millones de euros, la compensación solo será posibles hasta un 50% de la Base imponible del ejercicio, y si se facturan más de 60 millones de euros, el límite será de 25%. Esta medida está claramente dirigida tanto a la mediana como las grandes empresas. 

Tributación mínima: El actual tipo mínimo del 13% para todas las empresas se eleva al 18% para las de más de 10 millones de euros de facturación y al 16% para las que facturan entre 1 y 10 millones de euros. Debe notarse que tanto esta medida como la anteriormente descrita pueden producir un aumento de la tributación de la mediana y gran empresa navarra. En el País Vasco el tipo mínimo es del 13% y en el Estado no hay tipo mínimo.

Restricción de la deducción por creación de empleo: a partir de ahora se establece que los empleos deben ser con un salario mínimo superior a 2,5 veces el SMI (hasta ahora era del 1,7). También se recorta la cuantía de la deducción, pasando de 5.000 a 2.500 eurospara los hombres, permaneciendo en 5.000 euros en el caso de las mujeres. 

Reducción de la exención por reinversión: Se reduce a un 50% la exención de las rentas obtenidas en la transmisión de activos afectos a la empresa cuando los importes obtenidos se reinviertan totalmente en otros activos afectos. Esta es otra medida claramente perjudicial, ya que por medio de la misma se posibilitaba la renovación de activos por una empresa con una mayor neutralidad fiscal. Piénsese que en Bizkaia la exención por reinversión es del 100%. 


PATRIMONIO 
Dos son las principales novedades en este impuesto:
  •  Se suaviza la tributación de los bienes empresariales, cuya deducción se amplía del 80% al 95% a partir del millón de euros. Esto significa que seguirá gravándose el patrimonio productivo de los empresarios familiares sobre un 5% del mismo a partir del millón de euros
  • Aumento de la tributación mínima de patrimonio, rebajando el escudo fiscal. Por el contrario, se produce una rebaja en el porcentaje en que se puede reducir la cuota del impuesto sobre patrimonio cuando la suma de la cuota de este impuesto y del IRPF supera el 65% de la base imponible del IRPF. Esto produce que sea cual sea el límite, en patrimonio no se puede tributar menos del 45% de la cuota del impuesto 

SUCESIONES Y DONACIONES  
Primeramente, se establece una exención de los primeros 250.000 euros de los bienes transmitidos mortis causa. Recordar que antes se recogía una tributación del 0,8%. A partir de esos 250.000 euros se establece una tarifa que va desde el 2% (para sucesiones de hasta 500.000 euros) hasta el 16% para sucesiones de más de 3 millones de euros. 

En cuanto a las donaciones, no se prevé ningún tramo exento, regulándose una tarifa progresiva que va desde el 0,8% hasta el 8% en caso de donaciones superiores a los 3 millones de euros. La transmisión entre cónyuges o parejas estables se mantiene con la misma tributación actual del 0,8% independientemente del valor.


MEDIDAS CONTRA EL FRAUDE FISCAL
A modo esquemático, las principales novedades introducidas son:
  • Incremento de las sanciones graves, que pasan de un 75% a un 90% de la cuota descubierta. 
  • A partir de 2018 se modifican las condiciones del listado de deudores que Hacienda Tributaria de Navarra publica cada año. La cantidad mínima adeudada que implica la inclusión en el listado se rebaja de 250.000 euros a 120.000 euros, la misma cantidad que se considera constitutiva de delito fiscal. Además, se especifica que la comunicación al deudor de la propuesta de inclusión en el listado interrumpirá el plazo de prescripción de la deuda.
  • Reducciones por pronto pago: en el caso de las sanciones graves se aplicaría una reducción del 20% de la sanción y del 30% en el caso de las simples.

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