Contabilización del Impuesto sobre Sociedades
El asiento correspondiente al Impuesto sobre Sociedades debe realizarse a 31 de diciembre, quedando reflejado el gasto en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, así como la obligación de su pago en el Balance de situación. Lo que se contabiliza en julio (momento de exigibilidad del pago del impuesto) es el pago del mismo, no el gasto en sí, que ya está contabilizado en el ejercicio anterior. Contabilización El gasto por el Impuesto sobre Sociedades se reconoce según su momento de devengo. Ejemplo: la sociedad A tiene una base imponible de 1.500€, siendo el tipo impositivo el 25%. El resultado contable coincide con el fiscal, al no darse diferencias temporales ni permanentes. 375 (630) Impuesto corriente a (4752) H.P Acreedora por IS 375 En el caso de que se den diferencias temporales, se reconocerá el gas...